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Funciones del Cónsul

 ¿Qué PUEDE HACER el Consulado Argentino por usted? 

  • Cambios de domicilio en DNI.
  • Realizar opción de Nacionalidad de los hijos de ciudadanos argentinos nacidos en el exterior.
  • Otorgar DNI a quienes opten por la nacionalidad Argentina.
  • Tramitar DNI nuevos, duplicados y actualizaciones.
  • Otorgar y renovar Pasaportes.
  • Autorizar todos los actos que pueden efectuar los Escribanos Públicos, especialmente legalizaciones.
  • Tramitar certificados de antecedentes penales.
  • Expedir venias de viaje a menores con el consentimiento de ley de los titulares de la patria potestad.
  • Velar por los intereses de argentinos menores o incapaces, particularmente en lo referido a la institución de la tutela o curatela.
  • Informar a parientes o personas allegadas sobre accidentes o fallecimientos, catástrofes y, brindarles asesoramiento.
  • Interesarse por los connacionales detenidos o en prisión y, bajo ciertas circunstancias, transmitir mensajes a parientes.
  • Asegurar la defensa en juicio de los ciudadanos argentinos.
  • Atender los intereses de los connacionales en cuestiones de sucesión por causa de muerte.
  • Procurar comunicarse con familiares o allegados para informarles de su situación y necesidades.
  • Asistir a personas accidentadas.
  • Orientarlo en materia de asistencia jurídica, médica, notarial, etc.
  • Permitir la utilización de la dirección postal de la oficina Consular para la recepción de correspondencia privada.
  • Solicitar el paradero de personas a las autoridades locales.
  • Expedir certificados de fronteras.

¿Qué NO PUEDE HACER el Consulado Argentino por usted?

  • Ser parte en procesos judiciales u obtener su eximición de prisión.
  • Proporcionar asesoramiento legal o impulsar procesos judiciales en su nombre.
  • Procurarle un tratamiento diferenciado del que se brinda a los nacionales del país en hospitales o prisiones.
  • Realizar tareas que correspondan a agencias de viaje, aerolíneas, bancos, etc.
  • Proporcionarle pasajes o medios para regresar a la República o continuar viaje a otro punto, excepto en circunstancias muy especiales de repatriación.
  • Proporcionarle dinero o hacerse cargo del pago de sus cuentas (facturas hoteleras, legales, médicas o de cualquier otro tipo).
  • Gestionarle alojamiento, residencia, trabajo o permiso de trabajo como asimismo constituirse en su garante o fiador.

 

 

 

Fecha de actualización: 17/03/2023